Poderes del Estado

    Las menciones a los distintos poderes del Estado (poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial) se escriben con minúscula cuando se refieren, de modo genérico, a la facultad o poder en sí: El poder legislativo recae en el Congreso; se escriben, en cambio, con mayúscula inicial en sus dos componentes cuando se refieren específicamente a los órganos del Estado en que descansan, al tratarse en ese caso de una mayúscula institucional: El Poder Judicial notificó el cese al magistrado.

    Naturalmente, se escriben con mayúscula cuando forman parte del nombre de una entidad: Consejo General del Poder Judicial.

    Por su parte, la palabra ejecutivo se escribe con mayúscula inicial cuando se utiliza por sí sola en referencia al Gobierno de una nación, como denominación estilística alternativa: La propuesta del Ejecutivo francés tuvo una fría acogida.

    Las denominaciones que se aplican a los poderes fácticos formadas por el sustantivo poder precedido de un ordinal se escriben con minúscula: ¿Quién ignora hoy que la prensa es el cuarto poder?