En los nombres de los espacios naturales protegidos solo es obligatoria la mayúscula en el término específico, no en los sustantivos y adjetivos genéricos que lo preceden: parque nacional de Doñana, parque natural de Puracé, reserva natural de Cabo Cruz. No obstante, es correcta la escritura de estos genéricos con mayúscula inicial cuando se trate de la denominación de la entidad o institución que gestiona estos espacios: Parque Nacional de Doñana. En ningún caso es admisible la mayúscula en usos puramente genéricos: El Gobierno creará una red de parques nacionales; Las competencias de gestión del parque natural están repartidas entre diversos organismos.